sábado, 21 de marzo de 2015

El voto nulo sí es vinculante (recargado)



POR CHRISTIAN ECHEVERRÍA 


¿Es políticamente legítimo, constitucionalmente legal y electoralmente válido votar nulo en Guatemala? Sí. 

El voto nulo es el ejercicio del derecho constitucional a la resistencia legítima en defensa de la Constitución, las instituciones democráticas del Estado, la persona, la familia y el bien común ante la amenaza de la corrupción.

El voto nulo, además, es el ejercicio de los derechos humanos a la libertad de conciencia y a la libre determinación de los pueblos suscritos y ratificados por Guatemala.

Pero vamos por partes. Primero veamos su legitimidad y legalidad.

Todo ciudadano debe saber a estas alturas que “La soberanía radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial”, y que por eso vivimos en un sistema republicano, democrático y representativo (artículo 141 de la Constitución).

Recordemos también que “El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; (y) su fin supremo es la realización del bien común” (artículo 1 de la Constitución), y que es su deber “garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona” (artículo 2 de la Constitución).

Pero ¿qué pasa cuando el Estado es capturado por el crimen organizado y grupos de poder que lo usan sólo para sus intereses?

Pues que no cumple con su deber constitucional de garantizar los derechos fundamentales de los guatemaltecos, ni puede proteger a la persona o a la familia y desde luego tampoco realizar el bien común.

¿Y qué debe hacer entonces el ciudadano?

Pues “Cumplir y velar, porque se cumpla la Constitución de la República” y “Trabajar por el desarrollo cívico, cultural, moral, económico y social de los guatemaltecos” (artículo 135 de la Constitución de Guatemala).

En este momento, cuando nuestras vidas, familias, instituciones, libertades, comunidades y sociedad están siendo terriblemente amenazadas por las mafias de poderes económicos y políticos; se vuelve “legítima la resistencia del pueblo para la protección y defensa de los derechos y garantías consignados en la Constitución” (artículo 45 de la Constitución).

2 de mayo, Plaza de la Constitución
Como ven, es tan políticamente legítimo y constitucionalmente legal votar nulo para impedirles llegar al poder y que sigan robándonos el presente y el futuro; que la libertad de conciencia y la libre determinación de los pueblos son nuestros derechos humanos, y “en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preeminencia sobre el derecho interno” (artículo 46 de la Constitución).

Sin embargo, algunas personas temerosas al llamado a defender la democracia como bien común (tal vez por nuestra débil tradición democrática), o a perder sus privilegios bajo el actual sistema político y económico excluyente; han dicho en los medios de comunicación que el voto nulo no es vinculante (obligatorio de respetar), ni válido para las elecciones a presidente, vicepresidente y diputados de la república, ni para alcaldes. Pero ¿es esto cierto? No. Simplemente tienen miedo y aquí está la explicación.

Validez electoral del voto nulo

Como la Constitución y los derechos humanos, antes citados, son superiores jurídicamente a la Ley Electoral; el Tribunal Supremo Electoral estaría obligado a reconocer y validar en plenitud el voto nulo como expresión legítima y legal de la soberanía del pueblo guatemalteco, de su voluntad de cumplir y hacer cumplir al Estado sus obligaciones y fines constitucionales; y de su resistencia legítima y pacífica ante quienes amenazan sus derechos e instituciones con la corrupción.

Así de fácil.

Es útil decir también que la Ley Electoral y de Partidos Políticos define el voto nulo como “todo voto que no esté marcado claramente con una “X”, un círculo u otro signo adecuado, cuando el signo abarque más de una planilla, a menos que esté clara la intención del voto, o cuando la papeleta contenga modificaciones, expresiones, signos o figuras ajenas al proceso. También serán nulos los votos que no estén consignados en boletas legítimas, aquellos que pertenezcan a distrito electoral diferente o que no correspondan a la Junta Receptora de Votos de que se trate, así como aquellos votos que en cualquier forma revelen la identidad del votante” (artículo 237).

Entonces, ciudadanos indignados de Guatemala, aquí lo único inconstitucional y antidemocrático sería invalidar nuestra resistencia legítima en defensa del país, expresada con nuestro voto nulo durante el proceso electoral.

El arma perfecta para otra primavera democrática 
 
El movimiento ciudadano #JusticiaYa (anticorrupción y reformista) debe tomar conciencia del voto nulo y empoderarse con él. Promoverlo como defensa de sus derechos fundamentales, instituciones y de la democracia misma. Pero sobre todo, debe impedir que los grupos de poder económico y criminal que han capturado al Estado, criminalicen a los miles de guatemaltecos (como siempre hacen cada vez que ven obstaculizados sus privilegios por nuestra acción social) que comprenden su fuerza y oportunidad para empezar a transformar el país, y que van a ejercerlo en las próximas elecciones, si hay.

El voto nulo es un derecho humano, pero también un derecho y un deber cívico y político de los guatemaltecos para defender sus vidas, libertades, instituciones y bien común; terriblemente amenazados hoy día.

Hay que aclarar, y esto es muy importante, que el voto nulo no es un fin en sí mismo, y quienes lo promovemos de forma responsable, informada y consciente lo sabemos. Es apenas un primer paso democrático y legítimo en el corto plazo del contexto electoral para empezar a transformar la nación.

Es verdad que el voto nulo, con la actual Ley Electoral, no evita autoridades electas, pero sí las puede deslegitimar como las marchas hacen con Pérez Molina o Roxana Baldetti. El voto nulo, en las elecciones, es lo mismo que el 25A o el 16M para la corrupción. La gente debe comprender este principio. 

Miles y miles de votos nulos pueden darle el poder y el argumento político suficiente al #JusticiaYa para desconocer al que "le toca" o cualquier otro, exigir en las calles la anulación del proceso y reformas profundas (como validar el voto nulo, entre otras). Le da al movimiento ciudadano la opción de la no-representación y la oportunidad de buscar un Gobierno provisional. 

Tampoco hace bien a ningún candidato, como algunos analistas del CACIF han dicho con el recurso del miedo, porque las reglas de hoy ya le aseguran de todos modos la victoria legal a los partidos con votos "válidos". Tampoco es verdad que tenemos que votar por el "menos peor" o por partidos menores sin cambiar el sistema primero. Esas son mentiras perversas para que no cambie nada. 

Entonces el movimiento ciudadano no tiene nada que perder (ni temer) y sí mucho por ganar votando nulo.                           

30 de mayo, Plaza de la Constitución
Como ciudadano de a pie (y de pie) sin aspiraciones político-electorales, llamo a todas las fuerzas sociales democráticas, progresistas y de buena voluntad a sumarse, y a proponer acciones transformadoras de la Constitución, la Ley Electoral, la economía y la sociedad.

Por ahora, el voto nulo es nuestro poder. ¡Usémoslo! ¡Vivan los pueblos de Guatemala! ¡Viva la democracia! ¡No más corrupción! ¡Otto Pérez renuncie ya! ¡A nadie le toca!   


Este artículo fue publicado por primera vez en la red el 21/3/15 y editado otra vez el 2/6/15.    


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Christian Echeverría

Una rara mezcla entre psicólogo, poeta, activista, bloguero y periodista digital que sólo es posible en el siglo xxi. Creador de Asuntos inconclusos.     

6 comentarios:

  1. Su opinion debe ser compartida, apesar que para mi quedaron algunos temas sueltos o sin entender o inconclusos.

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  2. 1. Mi principal duda, ¿Es Democratico el voto nulo?, ya que dentro de la contitucion no tiene un articulo que en especifico hable del mismo. considero que al final del dia votar nulo, se vuelve un circulo vicioso ¿por que?. Si no queda nadie electo, se tendran que volver hacer las elecciones, me explico. que realmente, se predentede lograr. ademas de protestar, ser rebeldes y entusiastas. Me gusta la idea y me apasiona la idea del voto nulo, pero cual es el fin ultimo.

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    1. Como digo en el artículo, votar nulo no es un fin en sí mismo. Es una acción colectiva de coyuntura electoral, con la intención de iniciar un proceso de transformación política y económica más profundo en el futuro cercano.

      Es un poderoso ejercicio ciudadano que primero busca somatar la mesa del poder con un gesto de rebeldía y decir a las mafias: ¡Aquí estamos los ciudadanos de a pie!

      Es un acto de resistencia pacífica y legítima contra la corrupción, en defensa de las instituciones del Estado. Entonces al contrario, no es antidemocrático, es pro-democrático, contra fuerzas políticas y económicas que no lo son y que están destruyendo la democracia, el tejido social, la economía y al Estado mismo.

      Básicamente es el ejercicio de nuestro poder soberano como pueblo. ¿Quién tiene la soberanía del poder según la Constitución? El pueblo de Guatemala (Artículo 141). ¿Y qué obligaciones tiene el Estado? Velar por la vida, la libertad, la persona, la familia y el bien común (Artículos 1 y 2). Pero ¿puede hacerlo si está capturado por mafias? No. ¿Y cuál es la obligación y derecho ciudadano en este caso? Pues hacer cumplir al Estado la Constitución (artículo 135), y cuando el Estado no garantiza sus derechos y los viola, puede resistir (artículo 45).

      Esto (la libertad de conciencia y la libre determinación de los pueblos) también son derechos humanos universales. La Ley Electoral es ordinaria e inferior a la Constitución y a los derechos humanos. El TSE por lo tanto es un subordinado más del pueblo que ejerce la soberanía y que quiere un cambio del Estado y lo expresa en las urnas con voto nulo.

      Entonces, ¿dónde está lo antidemocrático? Al contrario, el voto nulo es una acción ciudadana e institucional EN DEFENSA DE SUS INSTITUCIONES DEMOCRÁTICAS.
      ¿Qué pasa con el proceso electoral? Se anula. ¿Por qué? Porque eso sí es antidemocrático (en él sólo importa el dinero del financista del político) y viola los derechos básicos del poder soberano que es el pueblo de Guatemala. ¿Y qué hay que hacer entonces? El Estado tiene obligación de proteger las instituciones y para eso debe organizar una Asamblea Nacional Constituyente que cambie la Ley Electoral y convocar a elecciones bajo nuevas normas.

      Este proceso electoral es lesivo para el pueblo y el Estado. Es nulo. El voto nulo es un acto de defensa de derechos y garantías constitucionales y derechos humanos de los guatemaltecos.

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  3. Comparto el razonamiento y el porqué de votar nulo. Sin embargo me desalienta saber que en el momento de realizar el escrutinio final, los votos nulos y en blanco no son tomados en cuenta para contabilizar el 100% de votos, es decir si de 100 votos emitidos 20 son nulos, simplemente se descartan y los 80 votos restantes pasan a ser el 100% de votos, ¿es cierto que está normado así en la ley electoral? ¿Qué porcentaje de votos nulos tendrían que emitirse para poder anular el proceso electoral?

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