POR MYRELLA SAADEH
Para la
mayoría de personas pasó desapercibida la disposición presidencial emanada del oficio PRG-010-2013/vg, a través de la cual, el presidente Otto Pérez Molina ordenó a
las municipalidades del país que su inversión fuera orientada única y
exclusivamente a los tres pactos del Gobierno: Hambre Cero, Seguridad, Justicia
y Paz y Desarrollo Económico.
Instruyó a la Secretaría de Planificación y
Programación de la Presidencia (SEGEPLAN) y al Ministerio de Finanzas para que elaboraran
un documento que se conoció como Plan Operativo Anual para las
municipalidades del país, en el marco de la Gestión por Resultados (POA-2014).
Esta orden de
ajustar la planificación y su respectiva inversión municipal a las prioridades
del Gobierno, posibilitó inferir que los 3 pactos no constituyen una política de
Estado sino de Gobierno, por lo que no obliga a asumirla o aplicarla en el
ámbito municipal. Sin embargo, la orden estaba emitida y de cumplimiento
forzoso.
Ciertamente el
documento menciona que las acciones deben orientarse a grupos en situación de
vulnerabilidad, donde incluye a la niñez y la juventud, sin embargo; los ejemplos
sobre el tipo de acciones y proyectos debían ser en infraestructura:
agua potable, saneamiento, alcantarillado, desechos sólidos, recolección y
disposición de basura, mercados, rastros y cementerios, infraestructura
recreativa, deportiva y cultural, alumbrado público, sistemas digitales de
vigilancia pública, vías de acceso vehicular en el área rural, limpieza y
ornato.
Quedaban fuera acciones que desde las políticas públicas municipales con
enfoque de derechos de la niñez se habían planificado y presupuestado, como
programas de becas, compra de útiles escolares, pago de maestros y personal de salud, programas de recreación, cultura y deportes, entre otras.
Enfatiza el
documento que los proyectos vinculados con los Resultados Estratégicos de
Gobierno deben cumplir con las normas establecidas en el Sistema Nacional de
Inversión Pública (SNIP). Esto significaba que, aunque una corporación municipal
quisiera invertir en los proyectos y programas ya planificados en su política, no
se le permitía hacerlo, porque los códigos presupuestarios en el sistema
estaban cerrados, y con ello, las oportunidades de registro de estos gastos.
Es
más; algunos alcaldes fueron apercibidos por esto.
Esta guía, de
cumplimiento obligatorio a partir de 2015, atentaba contra dos importantes
logros en Guatemala: la autonomía municipal, que se reconoce en la Constitución
Política de la República, y el Código Municipal, donde se reconoce y posibilita
que las municipalidades puedan obtener y disponer de sus recursos para el cumplimiento
de sus fines.
pedrovision-noticias.com |
También constituyó un atentado hacia los derechos de la niñez y
adolescencia y la posibilidad de invertir en su cumplimiento y ejercicio a
nivel local, como lo señala la Ley de Protección Integral de la Niñez y la
Adolescencia, la cual establece la posibilidad de invertir vía políticas
públicas a su favor, incluyendo el ámbito municipal.
Otras leyes impulsan la participación ciudadana para el diálogo político; acuerdos que se
concretan en las políticas públicas y su presupuesto, y que garantizan la
inversión para este mayoritario grupo de población, y que quedaban en un vacío
por las contradicciones que esta orden produjo.
El mandato
presidencial puso en riesgo las más de 40 políticas públicas municipales que
la sociedad civil y los integrantes de la Mesa de Municipalización tienen a la fecha
con presupuestos aprobados en Jalapa, San
Pedro Pinula, San Luis Jilotepeque, Los Amates, Morales, Santa Catalina La
Tinta, San Pablo Tamahú, San Miguel Tucurú, San Pedro Carchá, Cubulco, Granados,
Santa Cruz El Chol, Purulhá, San Jerónimo, Salamá, San Miguel Chicaj, Olopa,
Camotán, Jocotán, San Juan Ermita, Chiquimula, Joyabaj, Pachalum, San Cristóbal
Totonicapán, Momostenango, San Francisco El Alto, Quetzaltenango (cabecera), Almolonga,
Salcajá, Cantel, La Esperanza, San Juan Ostuncalco, Concepción Chiquirichapa, Retalhuleu
(cabecera), Panajachel, San Juan La Laguna, San Pablo La Laguna, San Antonio Palopó, San Andrés Semetabaj,
Sololá, San José Chacayá, Santa Cruz La Laguna, Santa Clara La Laguna y
Zunilito; además de dos políticas regionales en dos mancomunidades: Mankatitlán
y Manclalaguna. Sin mencionar las que se
continúan gestionando en otros municipios.
2 de mayo, Plaza de la Constitución |
Las
organizaciones de la sociedad civil hicieron estos planteamientos ante diferentes
instancias.
Producto de este proceso de
cabildeo es el Acuerdo Ministerial 473-2014 del Ministerio de Finanzas, el cual
establece que, en el caso de las municipalidades, el presupuesto de inversión
puede incluir otro tipo de proyectos, siempre dentro del Sistema Nacional de
Inversión Pública.
30 de mayo, Plaza de la Constitución |
Este es un
buen momento para no permitir órdenes que van en contra del desarrollo de la
niñez y de la participación de guatemaltecos preocupados por retomar su
capacidad de propuesta.
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Myrella Saadeh LABERINTO
El nombre de esta columna es un lugar complejo, desde donde propongo hacer un recorrido por la situación de la niñez de Guatemala. Soy psicóloga, catedrática de la Facultad de Humanidades de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala e investigadora, y soy directora de PAMI. Una organización que promueve los derechos y la participación de la niñez y la adolescencia desde 1989. |
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